Dicotomía entre las orientaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y su aplicación en la normativa colombiana
DOI:
https://doi.org/10.35997/unaciencia.v14i26.593Palabras clave:
control de convencionalidad, servidores públicos, elección popular, autoridades disciplinarias, sanción disciplinariaResumen
La Corte Interamericana de Derechos Humanos es un órgano judicial de la Organización de los Estados Americanos autónomo y cuyo propósito específico es aplicar e interpretar la Convención Americana de Derechos humanos o Pacto de San José de Costa Rica, instrumento internacional que fue incorporado a la legislación nacional con la ley 16 de 1972 para reducir o mitigar las diversas infracciones cometidas a los derechos humanos en los estados asociados a ellos. Por tanto, lo que se pretendió con esta investigación fue establecer las posibles irregularidades que pueden producirse en el ejercicio de la función disciplinaria respecto a los servidores públicos de elección popular, ya que existen varios desacuerdos en lo que respecta a las facultades y garantías procesales existentes en el desarrollo del proceso disciplinario.
En resumen, con este estudio se revisó si la Procuraduría General de la Nación, como autoridad administrativa disciplinaria, aplicó las disposiciones de control de convencionalidad y constitucionalidad en las decisiones proferidas contra miembros electos popularmente; y así establecer si esta entidad se encuentra autorizada para imponer sanciones que limiten el ejercicio de derechos políticos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 23.1 y 23.2 de la referida Convención.
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